domingo, 05 de febrero de 2012
Información Corporativa
 03/05/2011
PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN AL DISTRIBUIDOR DE LAS CONTRIBUCIONES PAGADAS AL SIG CUANDO LOS NEUMÁTICOS DE REPOSICIÓN SE REEXPIDEN AL EXTRANJERO TRAS SU PRIMERA PUESTA EN EL MERCADO NACIONAL

 

ADAPTACIONES FORMALES EN EL PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN AL DISTRIBUIDOR DE LAS CONTRIBUCIONES PAGADAS AL SIG CUANDO LOS NEUMÁTICOS DE REPOSICIÓN SE REEXPIDEN AL EXTRANJERO (EXPORTACIONES Y ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS) TRAS SU PRIMERA PUESTA EN EL MERCADO NACIONAL.
 
Una vez que ha transcurrido un tiempo desde la aplicación del nuevo procedimiento para la devolución de cantidades por neumáticos reexpedidos al extranjero (documento aprobado pro el Consejo de Administración, de marzo de 2011) se ha considerado conveniente introducir unas ligeras matizaciones de carácter formal, que en modo alguno afectan al fondo de las materias reguladas en el referido procedimiento y solo pretenden facilitar las labores de comprobación de SIGNUS, con la finalidad de agilizar el pago de las devoluciones. En concreto, estos cambios consisten, exclusivamente, EN CUATRO ASPECTOS:
 
En primer lugar, en la identificación de la “Medida” del neumático, se añade que debe hacerse con una descripción completa, lo que supone hacer referencia también al código de velocidad; en segundo lugar, se indica que el soporte electrónico del Anejo 2 debe ser en archivo Excel; en tercer lugar, en el apartado 2.3 se hace referencia a la información a figurar en la factura que presente el solicitante de la devolución  y, por último, en el apartado 2 del Anejo 3 (informe del auditor) se añade que se incluya también un resumen-desglose por categoría SIGNUS
 
En el enlace que figura a continuación se reproduce la versión del  procedimiento en la que ya están incluidas las anteriores adaptaciones, que se empezarán aplicar con motivo de las solicitudes correspondientes al segundo trimestre de 2011.
 
Aprovechamos para recordarle que el plazo para la solicitud de devoluciones correspondiente al 2º trimestre del 2011 finalizará el 31 de agosto de forma inexcusable.

 

Descarga de documentos:

Procedimiento de devolución-documento completo

Anexos  I y II

Anexo III

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